El MICITT anunció las acciones que se ejecutan de forma prioritaria y que permitirán que los costarricenses gocen de la tecnología 5G. Ya se está trabajando en los estudios técnicos de ingeniería, económicos, de política pública y jurídicos que permitan analizar y fundamentar adecuadamente la decisión de inicio del concurso, conforme al marco jurídico vigente.

También serán objeto de estudio los elementos expuestos por la SUTEL en sus recomendaciones como Órgano Regulador y Autoridad Sectorial de Competencia, a fin de garantizar un proceso robusto y exitoso.

Los lineamientos de política pública que acompañarán la decisión de inicio del concurso están siendo construidos para ser comunicados a la SUTEL, y servirán de guía para la elaboración del cartel respectivo. Estos lineamientos seguirán una visión país que busca el mayor beneficio para todos los costarricenses, y estarán alineados a la normativa y a los compromisos internacionales que ha adquirido el país.

Cuando estos dos elementos estén finalizados por parte del Poder Ejecutivo, el proceso regresará nuevamente a la SUTEL, quien es la entidad responsable de ejecutar el proceso de concurso público, que abarca, entre otros, la elaboración del precartel, su consulta pública, la publicación del cartel definitivo, recepción de ofertas, declaración de oferentes elegibles, el proceso de concurso y emisión de recomendación de adjudicación al Poder Ejecutivo.

Finalmente, corresponderá al Poder Ejecutivo tomar control del proceso para analizar las recomendaciones para adjudicar el espectro, formalizando los contratos y acuerdos ejecutivos correspondientes para garantizar la seguridad jurídica de los nuevos concesionarios para la prestación de los servicios.

El pasado viernes 24 de febrero de 2023, la SUTEL recomendó la realización del concurso de espectro radioeléctrico para sistemas IMT incluyendo 5G con el espectro radioeléctrico actualmente disponible en segmentos de frecuencias bajos, medios y altos, acreditando así la factibilidad requerida legalmente conforme lo dispuesto en el artículo 12 de la Ley General de Telecomunicaciones (Ley Nº 8642).

En dicho artículo se establece que el requisito legal de los estudios de factibilidad es una competencia que el legislador le otorgó a la SUTEL y que, el Poder Ejecutivo requiere contar previamente con dicho requisito para girar la instrucción de inicio del procedimiento concursal.

Actualmente, se cuenta con espectro en la banda baja de 700 MHz (un total de 90 MHz disponibles), en las bandas medias de 2300 MHz y 3500 MHz (un total de 325 MHz disponibles se trabaja para que puedan ser 400 MHz), y en las bandas altas de 26 GHz y 28 GHz (un total de 3250 MHz disponibles). Este espectro puede y debe estar a disposición para prestar mejores servicios a los y las costarricenses en el menor tiempo posible.

Asimismo, la Administración continuará con los procesos jurídicos que derivan de las recomendaciones emitidas previamente por la SUTEL sobre otras bandas, en respeto del marco jurídico vigente, el principio de seguridad jurídica y los derechos al debido proceso de los concesionarios.

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